Crisis y reforma de la Organización Mundial del Comercio:
contradicciones en la reconfiguración de la globalización

Crisis and reform of the World Trade Organization: contradictions in the reconfiguration of globalization

Crise et réforme de la Organisation mondiale du commerce : contradictions
dans la reconfiguration de la mondialisation

Crise e reforma da Organização Mundial do Comércio: contradições na
reconfiguração da globalização

Dr. C. Jonathán Quirós Santos

Doctor en Ciencias Económicas. Investigador y Profesor Auxiliar, Centro de Investigaciones de Economía Mundial (CIEM), La Habana, Cuba. quiros.jonathan@gmail.com 0000-0003-4717-0130

Cómo citar (APA, séptima edición): Quirós Santos, J. (2026). Crisis y reforma de la Organización Mundial del Comercio: contradicciones en la reconfiguración de la globalización. Política internacional, VIII (Nro. 2), 126-143. https://doi.org/10.5281/zenodo.19132217

https://doi.org/10.5281/zenodo.19132217

 

Recibido: 2 de febrero de 2026

Aprobado: 12 de marzo de 2026

publicado: 16 de abril de 2026

 

RESUMEN Este artículo analiza la crisis y el proceso de reforma de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en el contexto de la reconfiguración de la globalización. Con base en el marco analítico de la teoría marxista, se examina la crisis como un proceso orgánico, donde las tradicionales estructuras de la gobernanza comercial muestran su agotamiento y son forzadas por el surgimiento de otras. El estudio emplea una metodología cualitativa, fundamentada en la revisión de la bibliografía especializada y el análisis y comparación de contenido de los documentos oficiales de países y agrupaciones de estos en la OMC, así como de la agenda comercial unilateral y proteccionista de Donald Trump, con el objetivo de identificar las causas de la crisis de la entidad y las posiciones encontradas sobre su reforma. Los resultados confirman que el fracaso de la Ronda de Doha, y los cambios inducidos unilateralmente por Estados Unidos en el sistema de solución de diferencias, son detonantes fundamentales de la crisis. La evaluación de las propuestas de reforma (2018-2022), limitada a documentos oficiales, evidencia las persistentes contradicciones entre países desarrollados y subdesarrollados, ahora reforzadas por la dominación coercitiva de Estados Unidos. Estas contradicciones, más que sobre revisión y modernización de las normas y solución de diferencias, por una parte, y la preservación del trato especial y diferenciado y del mandato sobre el desarrollo, por parte de los países subdesarrollados, son en esencia la manifestación de las profundas divergencias geopolíticas propias de la reconfiguración de la globalización.

Palabras clave: onda de Doha, crisis de la Organización Mundial del Comercio, Estados Unidos, países subdesarrollados, reforma.

 

 

ABSTRACT This article analyzes the crisis and reform process of the World Trade Organization (WTO) within the context of the reconfiguration of globalization. Based on the analytical framework of Marxist theory, the crisis is examined as an organic process, where traditional structures of trade governance demonstrate their exhaustion and are forced by the emergence of new ones. The study employs a qualitative methodology, grounded in a review of specialized literature and an analysis and comparison of the content of official documents from countries and groups of countries within the WTO, as well as Donald Trump's unilateral and protectionist trade agenda, with the aim of identifying the causes of the organization's crisis and the conflicting positions on its reform. The results confirm that the failure of the Doha Round and the changes unilaterally induced by the United States in the dispute settlement system are fundamental triggers of the crisis. The evaluation of reform proposals (2018-2022), limited to official documents, reveals persistent contradictions between developed and developing countries, now reinforced by the coercive dominance of the United States. These contradictions, rather than focusing on the revision and modernization of rules and dispute settlement mechanisms, on the one hand, and the preservation of special and differential treatment and the development mandate for developing countries, are essentially a manifestation of the profound geopolitical divergences inherent in the reconfiguration of globalization.

Keywords: Doha Wave, World Trade Organization crisis, United States, developing countries, reform.

 

 

RÉSUMÉ Cet article analyse la crise et le processus de réforme de l'Organisation mondiale du commerce (OMC) dans le contexte de la reconfiguration de la mondialisation. S'appuyant sur le cadre analytique de la théorie marxiste, la crise est envisagée comme un processus organique, où les structures traditionnelles de gouvernance commerciale atteignent leurs limites et sont contraintes de se transformer en nouvelles. L'étude emploie une méthodologie qualitative, fondée sur une revue de la littérature spécialisée et une analyse comparative du contenu des documents officiels des pays et groupes de pays membres de l'OMC, ainsi que sur le programme commercial unilatéral et protectionniste de Donald Trump, afin d'identifier les causes de la crise de l'organisation et les positions divergentes quant à sa réforme. Les résultats confirment que l'échec du Cycle de Doha et les modifications unilatérales du système de règlement des différends imposées par les États-Unis constituent des facteurs déclencheurs fondamentaux de la crise. L'évaluation des propositions de réforme (2018-2022), limitée aux documents officiels, révèle des contradictions persistantes entre pays développés et pays en développement, désormais exacerbées par la domination coercitive des États-Unis. Ces contradictions, loin de se concentrer sur la révision et la modernisation des règles et des mécanismes de règlement des différends, d'une part, et sur la préservation du traitement spécial et différencié et du mandat de développement des pays en développement, sont essentiellement une manifestation des profondes divergences géopolitiques inhérentes à la reconfiguration de la mondialisation.

Mots-clés : Vague de Doha, crise de l'Organisation mondiale du commerce, États-Unis, pays en développement, réforme.

 

 

RESUMO Este artigo analisa a crise e o processo de reforma da Organização Mundial do Comércio (OMC) no contexto da reconfiguração da globalização. Com base no arcabouço analítico da teoria marxista, a crise é examinada como um processo orgânico, no qual as estruturas tradicionais de governança comercial demonstram seu esgotamento e são impulsionadas pelo surgimento de novas. O estudo emprega uma metodologia qualitativa, fundamentada em uma revisão da literatura especializada e em uma análise e comparação do conteúdo de documentos oficiais de países e grupos de países membros da OMC, bem como da agenda comercial unilateral e protecionista de Donald Trump, com o objetivo de identificar as causas da crise da organização e as posições conflitantes sobre sua reforma. Os resultados confirmam que o fracasso da Rodada Doha e as mudanças unilateralmente induzidas pelos Estados Unidos no sistema de solução de controvérsias são os principais fatores desencadeadores da crise. A avaliação das propostas de reforma (2018-2022), limitada a documentos oficiais, revela contradições persistentes entre países desenvolvidos e em desenvolvimento, agora reforçadas pela dominância coercitiva dos Estados Unidos. Essas contradições, em vez de se concentrarem na revisão e modernização das regras e dos mecanismos de resolução de disputas, por um lado, e na preservação do tratamento especial e diferenciado e do mandato de desenvolvimento para os países em desenvolvimento, por outro, são essencialmente uma manifestação das profundas divergências geopolíticas inerentes à reconfiguração da globalização.

Palavras-chave: Onda de Doha, crise da Organização Mundial do Comércio, Estados Unidos, países em desenvolvimento, reforma.

 

 

INTRODUCCIÓN

Heredero del Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT, de 1947), el actual sistema multilateral de comercio -con similar matriz en el libre comercio-, vigente desde la creación de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 1995, está en crisis. Desde esa fecha, es la única entidad internacional encargada de las normas que rigen el comercio entre sus miembros. De hecho, es la estructura compleja de apoyo institucional exigida por el mercado mundial, liderada por Estados Unidos como poder hegemónico, aunque por el dominio consensual debió incorporar otras propuestas consideradas legítimas, manifestado en el establecimiento de normas de aplicación universal y aceptación de excepciones para los países subdesarrollados.

A diferencia de su predecesor, incluye un Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, un Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, y actualizó el GATT de 1994, con nuevos Acuerdos, uno de ellos sobre agricultura. Sus funciones son la administración de sus acuerdos comerciales; ser foro para las negociaciones comerciales; la solución de diferencias; la supervisión de las políticas comerciales nacionales; la asistencia técnica y cursos de formación para los países en desarrollo y la cooperación con otras organizaciones internacionales.

El objetivo del artículo es responder al problema de investigación ¿Cómo explicar desde la reconfiguración de la globalización las causas de la crisis de la OMC y su reforma? Para cumplirlo, desde la teoría marxista se recurre a la metodología cualitativa, con bases en la revisión de la bibliografía especializada y el análisis y comparación del contenido, únicamente de los documentos oficiales de los países y agrupaciones de estos, públicos en la OMC.

A esos efectos, el artículo se organiza en cuatro epígrafes, el primero de los cuales se enfoca en el contexto más general de la reconfiguración de la globalización, mostrando los principales cambios ocurridos en el comercio mundial. Se enfatiza en la pérdida relativa de la hegemonía de Estados Unidos y en la respuesta coactiva a esta del primer gobierno de Donald Trump, reforzada en el primer año transcurrido de su segundo mandato.

En el segundo se analiza la evolución de la Ronda de Doha, mostrando el incumplimiento de lo acordado en 2001, y como ese fracaso impacta en la función de foro negociador de la OMC, una causa determinante de su crisis. En el tercer epígrafe se evalúa la crisis del mecanismo de solución de diferencias, básicamente por la paralización del Órgano de Apelación del Órgano de Solución de Diferencias (OSD), otra causa determinante más reciente de la crisis de la entidad normativa.

En el último epígrafe se valoran las propuestas oficiales de reforma de la OMC de miembros y agrupaciones de estos, públicas en la propia organización. En dichas propuestas se manifiestan las contradicciones de intereses inherentes de los países desarrollados y subdesarrollados, y las particularidades de la posición unilateral y coactiva del gobierno de Estados Unidos con Donald Trump.

DESARROLLO

La reconfiguración de la globalización: el contexto de la crisis y la reforma de la OMC

En este artículo, se asume a la globalización como estadio superior de la internacionalización del capital y de las relaciones sociales de producción capitalistas. Es también (…) un proyecto, una estrategia conscientemente dirigida por el líder del sistema, Estados Unidos y sus aliados, las grandes potencias (…), aspecto de la globalización como diseño (…) que le confiere su carácter subjetivo y el que tiene mayor relevancia en el análisis de la gobernabilidad (Chailloux et al, 2000).

La base material de esta internacionalización del capital es la revolución científica y tecnológica, sobre todo en el transporte y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y los productos asociados a estas, de forma tal que el nuevo progreso capitalista se diseña sobre la continua innovación de las fuerzas productivas. La cuarta revolución industrial, asociada a las transformaciones vinculadas con la digitalización en el sector manufacturero, también denominada Industria 4.0, está acompañada más recientemente por la inteligencia artificial (IA), con implicaciones mucho más abarcadoras de las productivas.

Esencialmente, se mantiene la dimensión objetiva del proceso de globalización, pero se reconfigura este, en tanto se ajustan algunas de sus formas concretas de manifestación, predominantemente las relacionadas con su dimensión subjetiva, sobre todo a partir de la crisis global de 2008-2009 (Quirós, Molina; 2024).

Objetivamente, la ralentización del comercio mundial tras esa crisis es una tendencia sostenida hasta la actualidad. Entre 1990 y 2008, el comercio mundial de mercancías se expandió a un promedio 6,2% anual, como norma el doble del crecimiento del producto interno bruto mundial (PIB), pero ya entre 2010 y 2023, el comercio mundial de mercancías creció a una tasa anual de 2,5% como promedio, mientras el del PIB fue del 2,7%. Solo en 2024 el comercio mundial de mercancías creció 2,9%, mientras el PIB ponderado por los valores del mercado creció 2,8%, de ahí que la recuperación ese año del crecimiento del comercio de mercancías fuese más rápida que la de la producción, el primer año luego de 2017 (excluyendo el repunte posterior a la pandemia de COVID-19).

La transición hegemónica actual está signada por la pérdida relativa de la hegemonía de Estados Unidos como entidad estatal, el desafío de China y de otros “países emergentes”, y por contradicciones interimperialistas. China crea nuevas instituciones, pone en práctica novedosas iniciativas e integra coaliciones desafiantes de la hegemonía estadounidense y de las jerarquías establecidas, no explícitamente antisistémicas ni ideológicas, como tampoco niega la vigencia de las instituciones de Bretton Woods, de la OMC y la defensa del libre comercio (Quirós, Molina; 2024). El país asiático es desde 2009 el principal comerciante mundial de mercancías y de productos manufacturados desde 2010, y tiene un papel relevante en las inversiones mundiales, en innovación tecnológica y ciencia, y en otras áreas (en muchos casos sobrepasando a Estados Unidos), aumentando su influencia global1.

Aunque de forma muy dispar, sobre todo por el mayor peso de los países asiáticos, y de China en particular, se incrementó la participación de los países subdesarrollados2 en el comercio mundial de mercancías: pasó de 33% en el año 2000 a 42% en 2015, tendencia mantenida hasta la fecha. Vinculado con esta, se manifiesta el crecimiento del comercio Sur-Sur: sus exportaciones de mercancías se dispararon de aproximadamente 0,5 millones de millones de dólares a 6,8 millones de millones dólares entre 1995 y 2025 (UNCTAD, 2025a). Otra tendencia del comercio internacional actual es la mayor participación del comercio intrarregional y preferencial, y la consolidación y desarrollo de grandes bloques comerciales regionales, que en todos sus formatos sobrepasan los 360 hasta la actualidad. Esta regionalización, como resultado de procesos objetivos de dominación de los principales países capitalistas, no es una forma de fraccionamiento de la economía mundial, pues globalización y regionalización no son incompatibles, sino un mecanismo potenciador y complementario, con una peculiar dialéctica entre ambos procesos (Etxezarreta, 1999), (Puerta, 2008, 333-365) y Pérez (2009, 32-33). Los acuerdos comerciales preferenciales condujeron a una profundización de la liberalización mayor que la de la propia entidad multilateral, mediante los llamados acuerdos OMC-plus (con temas incluidos en la entidad multilateral), y en otros casos, con los conocidos como acuerdos OMC-X, no normados en la institución, los temas del siglo XXI.

También se relocalizan las empresas en el país de origen por parte de Estados Unidos, sobre todo desde China, y son más frecuentes las intenciones de los gobiernos de Estados Unidos y de la UE a la relocalización, a la deslocalización cercana, a la combinación de localizaciones internas y en diferentes países y a la localización en países considerados amigos (Borrell, 2020b); (CEPAL, 2022); (Yellen, 2022).

Con la llegada de Donald Trump a la presidencia en 2017, el retraimiento de la hegemonía estadounidense respecto de las formas excepcionales revestidas durante etapas precedentes (Poulantzas, 2007), tuvo un énfasis particular con la guerra comercial iniciada contra China y el mundo. La retórica y medidas proteccionistas unilaterales adoptadas, centradas en el incremento arancelario, se diferenciaron de las posiciones más afines al libre comercio y al multilateralismo de la UE, Japón, otros países desarrollados y China.

Si la cuantía de las medidas restrictivas al comercio durante la crisis global condujo solo a un proteccionismo de baja intensidad, en 2018 un informe conjunto de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la OMC y la Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) (2018), mostró que los países del G-20 (financiero) entre mayo y noviembre de 2018 aplicaron 40 medidas de restricción comercial, un promedio de 8 por mes, superando las 6 mensuales del período octubre de 2017-mediados de mayo de 2018 (la mayor cifra de restricciones comerciales desde que dichas instituciones iniciaron en 2012 el monitoreo del proteccionismo de esa agrupación).

Las consideraciones geopolíticas vigentes fueron renovadas en el mandato de Joseph Biden, con un talante menos unilateral. Este, con el argumento del desafío a la seguridad nacional estadounidense, mantuvo la guerra comercial contra China, pues es el… único … que tiene tanto la intención de redefinir el orden internacional como el poder económico, diplomático, militar y tecnológico para hacerlo (Blinken, 2022). Para contenerlo, y a su estrategia Made in China 2025”, Estados Unidos en 2022 dedicó casi el 15% de su PIB a tres programas de reconversión industrial y de renovación de la infraestructura. A manera de espejo en esta guerra de subsidios, la Ley Europea de Chips entró en vigor en septiembre de 2023, pretendiendo (...) la seguridad del suministro, la resiliencia y el liderazgo tecnológico de la UE en tecnologías y aplicaciones de semiconductores, duplicando su actual cuota de mercado mundial hasta 20% en 2030 (Comisión Europea, 2023).

Desde el mismo mes de enero de 2025, Trump inició otra escalada arancelaria, reforzada el 2 de abril, invocando la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional. Firmó entonces órdenes ejecutivas para imponer aranceles recíprocos, de entre 25% y 50%, prorrogadas sus entradas en vigor hasta el 1 de agosto para negociar con diversos países a solicitud de estos (lo cual se hizo con una parte importante de ellos más adelante; incluso, aun se negocian en 2026); y otra proclamación presidencial separada, donde se impusieron aranceles universales de 50% a las importaciones de productos de cobre semielaborados, incluidos tubos, cables y láminas, así como a productos derivados con alto contenido de cobre.

Estas alzas arancelarias en 2025 se impusieron sin la intervención del Congreso, y son ampliamente controversiales, al punto que el 28 de mayo el Tribunal de Comercio Internacional de los Estados Unidos declaró ilegales todas las alzas arancelarias basadas en dicha Ley, decisión ratificada por el Tribunal de Apelaciones el 29 de agosto (apelada por el ejecutivo)3.

En el informe de evolución del entorno comercial de la OMC (2025a), medidas desde mediados de octubre de 2024 a mediados de octubre de 2025, se expuso que las catalogadas como otras medidas comerciales y relacionadas con el comercio, que mayormente afectaban a las importaciones, fueron 272, la segunda cifra más alta jamás registrada desde el inicio del ejercicio de vigilancia en 2009, de ahí que el comercio abarcado por la relativas a las importaciones se multiplicó por más de cuatro, y alcanzó a 2 640 millones de millones de dólares (11,1% de las importaciones mundiales).

De ese monto, 2 350 millones de millones (9,9%) se vincularon con acontecimientos específicos ocurridos desde principios de 2025, por motivos de seguridad nacional y económica, incluyendo una serie de medidas comerciales bilaterales y mundiales. Ahora, creció notablemente el número total de otras medidas comerciales y relacionadas con el comercio relativas a la importación en vigor desde la crisis global: el comercio abarcado por ellas representa 19,7% de las importaciones mundiales, por 12,6% de un año antes (2025a).

El incremento arancelario de 2025 condujo a violaciones flagrantes a las normas de la OMC por parte de Estados Unidos: sus aranceles consolidados (máximos) acordados en la entidad son en promedio de 4,8% para los productos agrícolas y de 3,2% para los productos no agrícolas (OMC, CTI, UNCTAD; 2025). Si antes de ese año el promedio de aranceles aplicados por Estados Unidos era de 2,8%, a inicios de septiembre de 2025 creció a más del 20% (UNCTAD, 2025a).

En términos de realpolitik, la transformación de la política comercial estadounidense y sus efectos, conducentes a la ruptura con las normas de la OMC, es… un giro conceptual y narrativo respecto del papel que le ha cabido al comercio y a la globalización en la evolución de la economía estadounidense en las últimas tres décadas” (CEPAL, 2025), y para la la directora general de la OMC, Ngozi Okonjo-Iweala, el mayor impacto sufrido por el sistema de comercio mundial en 80 años, por lo que el mundo no será como antes de las tensiones comerciales provocadas por Trump.

El fracaso de la Ronda de Doha

Luego de las tres primeras Conferencias Ministeriales de la OMC (Singapur, 1996; Ginebra, 1998 y Seattle, 1999), en la IV (noviembre de 2021) en Doha, se lanzó la Ronda homónima, un extenso y fallido ciclo negociador, con más de tres cuartos del período de existencia de la entidad multilateral, y un impacto negativo notable en su función negociadora y su credibilidad institucional.

El acuerdo de la capital catarí no eliminó las crecientes contradicciones entre países desarrollados y subdesarrollados sobre la profundización de la liberalización, los escasos avances en la aplicación de los acuerdos de la Ronda Uruguay del GATT de 1947 y el malestar de los segundos por las prácticas antidemocráticas en la toma de decisiones, pero la combinación de la crisis punto.com; el temor de un fracaso como el de Seattle (los desacuerdos impidieron la adopción de una Declaración Ministerial y el inicio de la pretendida Ronda del Milenio), y el clima político generado tras los atentados terroristas del 11 de septiembre en Estados Unidos, forzó tal resultado.

Se adoptó allí la correspondiente Declaración Ministerial, con un Programa de Trabajo para las negociaciones, a iniciarse el 1 de enero de 2002 y a culminar el 1 de enero de 2005, las cuales se harían en el Comité de Negociaciones Comerciales y sus órganos subsidiarios, bajo la autoridad del Consejo General. El conjunto de temas de negociaciones del Programa de Trabajo de Doha, mitificado en lo adelante como Ronda del Desarrollo, incluyó las cuestiones relativas a los Acuerdos adoptados en la OMC; agricultura; servicios; acceso a mercados para los productos no agrícolas; Acuerdo sobre los ADPIC; normas de la OMC, entendimiento sobre solución de diferencias y comercio y medio ambiente. Las negociaciones serían bajo el principio de compromiso único: con la adopción de acuerdos en todos los temas en conjunto, y nada estaría acordado definitivamente hasta la conclusión de las negociaciones en todas las áreas.

Fue un fracaso el primer balance de la Ronda en la V Ministerial (Cancún, septiembre de 2003). Las contradicciones entre esos grupos de países, focalizadas especialmente en agricultura y los temas de Singapur” (comercio e inversiones, comercio y política de competencia, transparencia de la contratación pública y facilitación del comercio) impidieron el acuerdo para aprobar la Declaración Ministerial. Se comprobó que la culminación no sería en la fecha prevista. Se enraizó entonces un sentimiento de frustración sobre la capacidad de la OMC para llegar a acuerdos, y en el Consejo General de fines de julio de 2004 se acordaron un conjunto de lineamientos de política a culminar en la próxima cita ministerial, si bien se pactó iniciar negociaciones solo en facilitación del comercio, eliminando de la Ronda los restantes Temas de Singapur.

 

La VI Conferencia Ministerial (diciembre de 20025) en Hong Kong, adoptó su Declaración Ministerial, con un paquete de acuerdos de bajo perfil para solventar el estancamiento de la Ronda, y los acuerdos sobre planes de trabajo y fechas precisas y de culminación de esta para fines de 2006 fueron parte de ese impulso. Una novedad fue la aprobación de la Ayuda para el Comercio.

El consenso acordado condujo a la presentación, a fines de julio de 2006, de las propuestas de modalidades de negociación en ayuda interna a los productos agrícolas, acceso a mercados para estos productos y acceso a mercados a productos no agrícolas. Tras varias suspensiones de las negociaciones por falta de consenso, y luego de sucesivas revisiones de los borradores sobre las modalidades, la última de diciembre de 2008, también sin consenso, marcó otro hito notable en el fracaso de la Ronda de Doha, pues no se han negociado nuevamente modalidades en estos temas, centrales en las contradicciones entre países desarrollados y subdesarrollados.

Los profundos desacuerdos existentes condujeron a la suspensión en 2007 de la VII Conferencia Ministerial, efectuada en Ginebra a fines de noviembre y principios de diciembre de 2009. Las bajas expectativas previas a ella anticiparon que no se tomarían decisiones importantes, ni se retomarían las negociaciones sustantivas de la Ronda de Doha, como tampoco se previó la adopción de Declaración Ministerial alguna, como forzada muestra de realismo. También allí fue se efectuó la VIII Conferencia Ministerial a mediados de noviembre de 2011, ratificándose las diferencias de posiciones entre países desarrollados y subdesarrollados en los temas sustantivos de la Ronda.

A inicios de diciembre de 2013 se celebró la IX Conferencia Ministerial en Bali, aprobándose su Declaración Ministerial, y como parte de esta, el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, el primero de carácter multilateral tras 1995 (en vigor en febrero de 2017, con la aceptación de dos tercios de los miembros que completaron el proceso interno de ratificación).

En la X Conferencia Ministerial (Nairobi, diciembre de 2015), fue relevante la referencia formal en la Declaración Ministerial de que muchos miembros … reafirman el Programa de Doha para el Desarrollo y las Declaraciones y Decisiones adoptadas en Doha y en las Conferencias Ministeriales celebradas desde entonces, mientras otros no reafirman los mandatos de Doha, ya que consideran que se necesitan nuevos enfoques para lograr resultados significativos en las negociaciones multilaterales (OMC,2015). En el ambiguo lenguaje de la diplomacia comercial, fue la forma de manifestar de manera realista los permanentes intereses en conflicto de la Ronda, ahora explícitamente plasmados por algunos miembros (desarrollados, aunque no singularizados en el texto), descomprometido oficialmente de la Ronda. Una Decisión Ministerial adoptada fue la eliminación de las subvenciones a la exportación de productos agrícolas.

A diferencia de las dos anteriores, no hubo consenso para la adopción de su Declaración Ministerial en la XI Conferencia Ministerial en Buenos Aires (diciembre de 2017). El incumplimiento de lo adoptado en estas, y la oposición estadounidense al texto sobre el futuro de las negociaciones en agricultura y a la cláusula sobre trato especial y diferenciado, detonaron el fracaso allí. Una Decisión Ministerial adoptada fue incluir negociaciones para un acuerdo sobre subvenciones a la pesca.

La XII Conferencia Ministerial tardó su celebración hasta junio de 2022, en Ginebra. En su Documento Final, no hubo referencia alguna a la Ronda. Se adoptó allí otro Acuerdo Multilateral, el de Subvenciones a la Pesca, el segundo luego de 1995 (entró en vigor en septiembre de 2025, tras completarse el umbral de ratificaciones).

En la XIII Conferencia Ministerial, celebrada en Abu Dabi a fines de febrero e inicios de marzo de 2024, se adoptó su Declaración Ministerial, reiterándose la intención de preservar y fortalecer la capacidad del sistema multilateral de comercio, también de hacer precisas, eficaces y operativas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado, y subrayar el papel central en las negociaciones de la dimensión del desarrollo, sin ninguna referencia a la Ronda de Doha.

El fracaso de la Ronda de Doha, por el sostenido incumplimiento de su programa de trabajo, limita considerablemente la función negociadora de la OMC, e incide de forma determinante en la crisis de esa organización. Es válido entonces, para el estado de la entidad multilateral, el análisis marxista de Gramsci (2010) sobre la crisis, en el sentido de que lo viejo muere y lo nuevo no acaba de nacer, y en ese interregno se verifican los fenómenos morbosos más diversos.

El acuerdo para el lanzamiento de la Ronda supuso formalmente el enfrentamiento a los desequilibrios para la mayoría de sus miembros provenientes del GATT de 1947, ahora con incrementada membresía de subdesarrollados, y mayor influencia. En este ciclo, sus coaliciones sectoriales y regionales les aportaron mayor músculo negociador, limitando la imposición de acuerdos a los desarrollados y agravando las contradicciones, pues las decisiones en la OMC se adoptan mayormente por consenso y las negociaciones son bajo el principio de compromiso único. En paralelo, con base en la dimensión objetiva de la globalización y los cambios ocurridos en el comercio mundial, es más compleja la naturaleza de los temas negociados, no todos incluidos en la OMC, pero sí una parte importante de ellos en los distintos formatos de los acuerdos comerciales preferenciales, con una mayor profundización de la liberalización que la de la propia entidad multilateral.

Es además determinante la transición hegemónica actual, por la pérdida relativa de la hegemonía de Estados Unidos y el ascenso de otros actores estatales, sobre todo China. Particularmente, el carácter coactivo del dominio hegemónico estadounidense con Trump y su escalada arancelaria, son opuestos al librecambismo de la OMC y a sus normas.

La crisis del mecanismo de solución de diferencias

Además del fracaso de la Ronda de Doha y su notable impacto en la función negociadora de la OMC, incide determinantemente en la crisis de la OMC la del mecanismo de solución de diferencias. Esta última está causada directamente por la sostenida parálisis de Órgano de Apelación del Órgano de Solución de Diferencias (OSD), iniciada en la primera administración de Trump. En 2018, tanto en su agenda de política comercial (marzo) como en la presentación del examen de sus políticas comerciales en la OMC (noviembre), ese gobierno enfatizó en que si…la OMC está socavando la capacidad de nuestro país para actuar en su interés nacional, es, entre otros factores, a poderes del OSD que nunca se otorgaron por los miembros (USTR, 2018), (OMC, 2018a).

De hecho, la oposición del gobierno de Trump desde 2017 a iniciar el proceso de selección para cubrir las vacantes de jueces, con el pretexto de que no se atendían sus preocupaciones sistémicas sobre el funcionamiento del OSD, condujo a la paralización del Órgano de Apelación en diciembre de 2019. La administración de Joseph Biden mantuvo ese veto, sostenido hasta la actualidad en la actual administración de Trump.

En la Declaración Ministerial de Ginebra en 2022, se reconocieron los retos y preocupaciones respecto al sistema de solución de diferencias, incluidos los relacionados con el OSD, y los miembros se comprometieron a debatir para tenerlo plenamente operativo y debidamente accesible a todos los miembros para 2024, lo cual no sucedió, y en una Decisión Ministerial de Abu Dabi en ese año, se refrendó ese objetivo y se acordó que estuviese en funcionamiento pleno a fines de 2024, lo cual se ha incumplido hasta la fecha. En ninguno de esos textos, ni en otra declaración institucional, se particulariza en la responsabilidad estadounidense.

Una propuesta de Procedimiento Arbitral Multipartito de Apelación Provisional, establecido por un grupo de 24 miembros más la UE, con arreglo al cual toda resolución de un grupo especial en una diferencia en que ambas partes sean participantes en este mecanismo, puede ser examinada por árbitros independientes, de conformidad con las disposiciones en materia de arbitraje establecidas en el artículo 25 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias de la OMC, pero no han emitido ninguna decisión, aunque las partes en varias diferencias acordaron recurrir a esos procedimientos en el caso de que la diferencia se acerque a la fase de apelación.

La paralización del Órgano de Apelación del OSD, no apoyada por ningún otro miembro de la OMC, es un detonante de la crisis del mecanismo de solución de diferencias. Si bien se mantiene funcionando el OSD y se presentan diferendos para su consideración, son muy limitados respecto a períodos anteriores.

El mecanismo de solución de diferencias, más allá de sus estructuras funcionales, no ha podido evitar multilateralmente el alto nivel arancelario impuesto de forma unilateral por Trump, que viola flagrantemente principios de la OMC como el comercio sin discriminaciones (basado en el trato de nación más favorecida y el trato nacional), y la previsibilidad y transparencia (acceso creciente y previsible a los mercados, además del compromiso de no aumentar los obstáculos al comercio).

De facto, las presiones de Trump al resto de los países para lograr sus objetivos, no ha tenido, mayoritariamente, retaliaciones de estos (excepto de China), que además ofrecen otros incentivos no arancelarios a Estados Unidos. Aún Trump bajando los aranceles tras negociaciones individuales, se mantienen en niveles muy altos respecto al período previo a su presidencia, y los miembros afectados aceptan esta imposición evitando peores consecuencias, pues la gama coactiva de sanciones rebasa lo comercial, llegando incluso a amenazas territoriales.

La reforma de la OMC en perspectiva

El consenso institucional para iniciar la reforma se logró en 2022, con la Declaración Ministerial de la XII Conferencia Ministerial. Esta enfatizó que se abordarían los intereses de todos los miembros, incluidas las cuestiones relacionadas con el desarrollo (OMC, 2022a). En la XIII Conferencia Ministerial, su Declaración Final reafirmó…el compromiso asumido … de trabajar en la reforma necesaria de la OMC para mejorar todas sus funciones (OMC, 2024a). Hasta la fecha, no hay avances concretos.

Las intenciones de reforma se originaron desde la creación de la OMC, cuando sus miembros propusieron acuerdos para la mejoría de sus procedimientos, estructura e inclusión de nuevos temas. Concretamente, la primera propuesta formal y general de reforma, solicitada desde la propia entidad por su director general Supachai Panitchpakdi (2002-2005), fue El futuro de la OMC. Una respuesta a los desafíos institucionales del nuevo milenio (Consejo Consultivo, 2004), conocido por Informe Sutherland. Trató temas como globalización; erosión de la no discriminación; relación entre la OMC y los acuerdos comerciales preferenciales; estructura de la OMC; trato especial y diferenciado; mayor atención a las necesidades de los países en desarrollo; soberanía; coherencia y coordinación con las organizaciones gubernamentales; transparencia y diálogo con la sociedad civil; sistema de solución de diferencias; procedimiento de adopción de decisiones; reforzamiento político y proceso eficiente; y el papel del director general y la Secretaría.

Similar demanda a la de su antecesor hizo Pascal Lamy (2005-2013), cuyo resultado fue El Futuro del Comercio: Los Retos de la Convergencia, Informe del Grupo de Reflexión (2013), que a partir del análisis de la apertura del comercio mundial; los factores de transformación que configuran el comercio internacional y la dirección de la apertura comercial en un mundo complejo, concluyeron que los retos del comercio mundial están asociados a la convergencia entre los miembros; la convergencia entre los regímenes comerciales no multilaterales y el sistema multilateral de comercio; la convergencia entre política comercial y otras políticas internas y la convergencia entre el comercio y las medidas no arancelarias.

Estas propuestas no condujeron ni a debates significativos ni impactaron en la entidad. En compilaciones, estudios conjuntos de académicos y especialistas, y textos individuales fuera de la OMC, las propuestas son constantes, pero este texto se centra en las posiciones oficiales de los miembros de la OMC o de sus agrupaciones, evaluados en ella.

El antecedente más directo de la reforma acordada desde 2022, por sus implicaciones hegemónicas, fue la agenda de política comercial estadounidense de 2018 (USTR, 2018) y el documento para el examen de las políticas comerciales de Estados Unidos (OMC, 2018a), durante el primer mandato de Trump. En el primero, a las cuatro prioridades enunciadas en 2017 en función de America primero, se sumó una quinta, la reforma del sistema multilateral de comercio.

Sus argumentos son el ya expuesto sobre el funcionamiento del OSD; la incapacidad de la entidad para alcanzar acuerdos de importancia crítica para la economía moderna; la forma en que se abordan los problemas del desarrollo y la autodesignación de los países en desarrollo, acreedores de trato especial y diferenciado” (explícitamente Brasil, China, India y Sudáfrica), y finalmente, la preocupación de que la OMC no puede gestionar el aumento de los países opuestos al libre comercio, especialmente China, evitando, eludiendo o violando intencionalmente sus compromisos y valores acompañantes (USTR, 2018a), (OMC, 2018a). La intención oficial de ese gobierno, aún sin un mandato consensuado por la entidad, presionó a otros miembros y agrupaciones a pronunciarse.

Por intereses propios y para posicionarse tempranamente en el debate, la Comisión Europea emitió en julio su WTO modernisation”4, donde se consideró que la OMC se enfrenta a su crisis más profunda desde su concepción, amenazada y necesitada de un cambio, cuya modernización debe centrarse en las reglas y el desarrollo; el trabajo regular y la transparencia y el sistema de solución de diferencias (European Commission, 2018).

Los documentos oficiales analizados a continuación, de forma general, apoyan la reforma, con diferentes sentidos y alcance, sean horizontales o en sectores y temas específicos, están en función de los intereses de los miembros o de las agrupaciones de estos, y se distancian implícita o abiertamente del unilateralismo estadounidense. Las posiciones expuestas en estos han sido examinadas en reuniones de distinto formato desde que se acordó la reforma en 2022, y reuniones ordinarias del Consejo General, y en distintos Consejos y Comités relativos a cuestiones específicas.

En septiembre de 2018, Canadá publicó un texto de carácter transversal, centrado en la mejoría de la eficiencia y la eficacia de la función de vigilancia de la OMC, la salvaguardia y fortalecimiento del sistema de solución de diferencias y la modernización de las normas comerciales para el siglo XXI (OMC, 2018b). En una reunión en Ottawa un mes más tarde (sin representantes de Estados Unidos ni China), los ministros y jefes de delegación en la OMC de Canadá; la UE; Australia; Brasil; Chile; Corea del Sur; Japón; Kenia; México; Nueva Zelanda; Noruega; Singapur y Suiza, presentaron otra comunicación, acorde con el texto canadiense, y como en este, en tres esferas, similares a los temas tratados para la reforma (OMC, 2018c).

El texto de China, publicado a fines de noviembre de 2018 por su Ministerio de Comercio Exterior (MOFCOM, 2018), fue base del circulado en la entidad multilateral en mayo de 2019. Este país apoya la reforma de la OMC, con base en tres principios: la preservación de los valores del sistema multilateral de comercio; la salvaguardia de los intereses de desarrollo de los miembros en desarrollo y la mantención de la práctica de la toma de decisiones por consenso. En función de estos sugiere cinco aspectos: la reforma defenderá la primacía del sistema multilateral de comercio; su prioridad es abordar la crisis y problemas existenciales que enfrenta la entidad; tratar el desequilibrio de las normas comerciales y responder a los últimos desarrollos de nuestro tiempo; la salvaguardia del trato especial y diferenciado para todos los miembros en desarrollo; y el respeto a los modelos de desarrollo de los países en desarrollo (OMC, 2019a).

Otro documento con carácter general, de los PMA, enfatizó en la reforma del Órgano de Apelación; la notificación y la transparencia; y los procedimientos de los Consejos y los Comités, a fin de que sean tomados en cuenta sus intereses y particularidades (OMC, 2019b). Con similar alcance, el Grupo Africano circuló uno enfatizando en los perjuicios en la región por la falta de avances en asuntos de su interés; criticando las políticas proteccionistas; sosteniendo la vigencia de lo adoptado en la Ronda, del trato especial y diferenciado y exigiendo su funcionalidad; el fortalecimiento de la Ayuda para el Comercio; la reiteración de compromiso con un sistema multilateral de comercio basado en normas, justo, equitativo, inclusivo y orientado al desarrollo; la existencia de un mandato multilateral como requisito previo indispensable para plantear propuestas de negociación; la oposición a las medidas comerciales unilaterales y la solicitud a los miembros a abstenerse de adoptar medidas que menoscaben sus intereses y el sistema multilateral de comercio basado en normas (OMC, 2019c).

Transversal es, asimismo, un texto de febrero de 2022 circulado por el Grupo Africano, Cuba e India sobre la función negociadora. Propone fortalecer el carácter multilateral de la OMC; abordar las medidas unilaterales y proteccionistas adoptadas por algunos Miembros; reafirmar el principio de trato especial y diferenciado y mantener el desarrollo como elemento central, y resolver las preocupaciones relacionadas con el desarrollo acordadas en la Ronda. Para la función de solución de diferencias, propone restablecer el Órgano de Apelación, y abordar las dificultades enfrentadas por los países en desarrollo para acceder al mecanismo de solución de diferencias. Acerca de la función de supervisión de los órganos ordinarios, reafirma los compromisos existentes y propone no añadir más obligaciones en las esferas de la transparencia, las preocupaciones comerciales específicas y el funcionamiento de los órganos ordinarios, asimismo, se reafirma que la OMC debe permitir modelos económicos diferentes, en lugar de presionar por uno u otro (OMC, 2022a).

De enero de 2019 es un extenso documento estadounidense, con un objetivo más particular. Este sostiene que la autodenominación del nivel de desarrollo conduce a la concesión universal de trato especial y diferenciado a los países en desarrollo, poniendo en riesgo la pertinencia de la institución, de ahí la propuesta de limitarla o eliminarla para numerosos países (OMC, 2019d), incluso a aliados estratégicos suyos, además de a oponentes como China, en primer lugar.

Una radical oposición a este, sin mencionar particularmente a su emisor, es el texto circulado en marzo de 2019 por China, India, Sudáfrica, Venezuela, Laos, Bolivia, Kenia, Cuba, República Centroafricana y Pakistán. Enfatiza en la pertinencia del trato especial y diferenciado en favor de los países en desarrollo a fin de promover el desarrollo y garantizar la inclusión. Ratifica que las verdaderas amenazas para la pertinencia, la legitimidad y la eficacia de la OMC son la proliferación del proteccionismo y del unilateralismo, incompatibles con las normas de la OMC; el bloqueo del proceso de selección de los Miembros del Órgano de Apelación y el estancamiento de la Ronda de Doha para el Desarrollo” (OMC, 2019e).

En esa sintonía, un documento del Grupo Africano, Bolivia, China, Cuba, India y Omán sobre el trato especial y diferenciado, de octubre de 2019, reafirma como principios que debe perdurar incondicionalmente en las normas y negociaciones de la OMC, permitirse a los países en desarrollo hacer sus propias evaluaciones en cuanto a su condición de país en desarrollo; mantenerse las disposiciones existentes sobre trato especial y diferenciado y preverse un trato especial y diferenciado en las negociaciones actuales y futuras (OMC, 2019f).

Un texto alternativo de abril de 2019, según la OMC un documento intermedio, presentado por Noruega a nombre de otro pequeño número de países desarrollados y en desarrollo, propone pragmáticamente, más que un consenso negociado de criterios para determinar cuándo un Miembro en desarrollo debe tener acceso al trato especial y diferenciado, cómo formular un trato especial y diferenciado para abordar los retos de desarrollo a los que hacen frente los Miembros (OMC, 2019g).

En los otros documentos circulados particularmente respecto a las normas, la necesidad de fortalecer la labor de los Órganos y Comités ordinarios de la OMC, y el fortalecimiento sobre las disciplinas relativas a la transparencia y las notificaciones en el marco de los acuerdos existentes, también se concretan diferencias entre países desarrollados y subdesarrollados, y entre estos últimos.

La posición más explícita de países subdesarrollados está en un texto específico del Grupo Africano, Cuba, India y Omán (OMC, 2019h). Se argumenta que, como norma,…la capacidad de los países en desarrollo para cumplir las obligaciones de notificación está inextricablemente vinculada con su nivel de desarrollo económico y de acceso a los recursos, de ahí que deban racionalizarse, acordes con el nivel de desarrollo. Al mismo tiempo, se expone que los países en desarrollo también han manifestado su preocupación por las notificaciones de algunos Miembros, sobre todo en la mejora de las notificaciones relativas a la agricultura y el nivel crónicamente bajo de algunos desarrollados para cumplir las prescripciones vigentes en materia de notificación. Asimismo, denuncia que algunos miembros menoscaban los compromisos contraídos en el marco de la OMC o no los han aplicado respetando el espíritu en que se formularon; incumplen la divulgación del origen de los recursos biológicos y/o los conocimientos tradicionales conexos en las solicitudes de patentes; la falta de transparencia respecto a los aranceles no ad valorem, mayormente impuestos por los países desarrollados; así como la multiplicidad de otras medidas asociadas con la transparencia, como la programación de las reuniones de los distintos comités, muchas veces coincidentes entre ellas, la proliferación de reuniones de negociación informales de participación abierta, los procedimientos en la Conferencias Ministeriales que limitan la igualdad de oportunidades en el proceso de adopción de decisiones, y la participación efectiva en dependencia de la traducción (2019h).

Una comunicación de 19 miembros y la UE, de noviembre de 2021, reafirma las obligaciones existentes en materia de notificación y renueva el compromiso de presentar notificaciones oportunas y completas, sin distingo por países. De forma general, su carácter, y propuestas prescriptivas, con aparente neutralidad, tienden a mayor vigilancia en torno a la transparencia y a las notificaciones (OMC, 2021). Esta comunicación, manteniendo a los patrocinadores originales más otros tres, fue revisada y emitida nuevamente con el mismo título en abril del año siguiente (2022b). Es sintomático que entre los patrocinadores esté Estados Unidos (únicos textos grupales que ha patrocinado, otros países europeos aparte de los de la UE (contada como uno), incluyendo al Reino Unido, Canadá, Australia, Nueva Zelandia y Japón, pero no por ningún país africano, ni China, India, Brasil o Rusia.

Este análisis primario de los documentos oficiales sobre la reforma, muestra las agudas contradicciones tradicionales entre países desarrollados (y entre estos y Estados Unidos) y subdesarrollados en la OMC. No se trata solo de la crisis de sus funciones negociadoras y de solución de diferencias, pues aún si se mantienen con regularidad los exámenes acordados como concreción de la función de supervisión de las políticas comerciales nacionales, no se ha modificado el unilateralismo y el proteccionismo de Estados Unidos con Donald Trump. Tampoco se trata solo del desequilibrio de las normas comerciales (a tono con las visiones de los países y agrupaciones) o de la notificación y la transparencia, ni de los procedimientos en los Consejos y Comités.

Se trata de que, esencialmente, la dimensión objetiva globalización permanece, pero como contiene el ajuste del patrón de acumulación capitalista tanto en lo productivo como en lo financiero y lo comercial, las nuevas exigencias de valorización del capital conducen a cambios en la economía mundial, y en el comercio en particular. Sin embargo, el ajuste de manifestaciones en sus formas concretas, predominantemente las relacionadas con su dimensión subjetiva, en particular la pérdida relativa de la hegemonía de Estados Unidos y la transición hegemónica asociada, reconfiguran la globalización.

En lo adelante, el contexto geopolítico mundial, más convulso a partir del segundo gobierno de Donald, por la pérdida de consenso, no es más dirigente, sino únicamente dominante y detentador de la pura fuerza coercitiva (Gramsci, 2010), lo cual apunta a una corrosión mayor del sistema normado por la OMC, condicionante del ritmo y alcance de su reforma.

CONCLUSIONES

La dimensión objetiva de la globalización se mantiene, pero como contiene el ajuste del patrón de acumulación capitalista en lo productivo, financiero y comercial, las nuevas exigencias de valorización del capital conducen a cambios en la economía mundial, y en el comercio en particular. No obstante, el ajuste de manifestaciones en sus formas concretas de manifestación, sobre todo las relacionadas con su dimensión subjetiva, en particular la pérdida relativa de la hegemonía de Estados Unidos y la transición hegemónica asociada, han reconfigurado la globalización. Con Trump y su acendrado unilateralismo, ese país ha perdido consenso a nivel sistémico, y más que dirigente, es únicamente dominante y portador de fuerza coercitiva.

En tal contexto, la incidencia del fracaso la Ronda de Doha es determinante en la crisis de la función negociadora de la OMC. Este revés, con sustento material en las transformaciones de la economía y el comercio mundial en las últimas décadas; además de la mayor influencia de países subdesarrollados, sobre todo de China, en los flujos comerciales y en las negociaciones comerciales, implicó límites a la imposición de acuerdos a los desarrollados y catalizó el carácter coactivo de la hegemonía de Estados Unidos.

En paralelo, en el período del ciclo negociador lanzado en Catar, se paralizó en 2019 el Órgano de Apelación del OSD, por decisión unilateral de Estados Unidos, en última instancia detonante de la crisis del mecanismo de solución de diferencias, determinante en la crisis de la propia OMC.

El aporte del artículo es integrar el análisis del incumplimiento de funciones de la OMC, limitantes de las nomas y principios librecambistas originarios, con el de la reforma acordada desde 2022, pero impulsada por las presiones de Trump desde 2018. Las propuestas de reforma evaluadas, limitadas solo a declaraciones oficiales de países y grupos de países, serán ampliadas con análisis de especialistas y académicos en una investigación y artículo posterior.

El análisis primario de las propuestas oficiales, sean estas generales o sectoriales, muestra la funcionalidad con los intereses propios de los miembros o de las agrupaciones de estos, distanciados implícita o abiertamente del coactivo unilateralismo estadounidense. Un artículo posterior, continuador de este, evaluará las perspectivas de avance de la reforma en el escenario geopolítico mucho más corrosivo desde 2026.

notas

1 En términos de propiedad intelectual, la propia Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), muestra en los últimos años cómo China supera a Estados Unidos con mayor cifra de patentes en vigor, en solicitud de patentes, en número de registros activos de marcas del mundo y en la cuantía de registros de diseños industriales en vigor. Actualmente, en IA Estados Unidos mantiene ventajas en ciertos sectores, pero China acorta distancias rápidamente y superó en otros, y diversas proyecciones apuntan a que el país asiático podría superar al primero en un plazo muy breve. A diferencia del unilateralismo estadounidense, China propuso en 2025 un plan de acción para la gobernanza global de la inteligencia artificial, y la creación de una organización internacional para coordinar los esfuerzos multilaterales en este ámbito.

2 Se usa el termino subdesarrollado para denominar a este grupo de países, pero la denominación en la OMC es país en desarrollo, los cuales se autodesignan, e incluyen a los Países Menos Adelantados (PMA), según la definición de Naciones Unidas. Las otras categorías formales utilizadas por la OMC son las de países desarrollados (tal como las del FMI y la ONU) y la de economías en transición (para los países del espacio postsoviético y los del este de Europa que conformaron el llamado en su momento campo socialista) en caso de que no sean miembros de la UE.

3 Ya editado este artículo, el 20 de febrero de 2026, la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional no autoriza al presidente a imponer aranceles, referidos a los recíprocos del 2 abril de 2025, y al arancel del 25% aplicado a productos de Canadá, China y México bajo el argumento de combatir el tráfico de fentanilo. La decisión tiene que ser acatada por el ejecutivo, aunque Trump anunció otra subida de aranceles invocando otra ley.

4 La UE logró oficiosamente que este documento fuese analizado en octubre de 2018 en el Comité Ministerial de Comercio del Grupo ACP, como parte de un documento relacionado sobre el estado de la situación de la OMC.

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